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Derecho de preferencia de comprar
22-abril-2008
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Los copropietarios de un Inmueble o sus inquilinos tienen preferencia de comprarlo en igualdad de circunstancias que un tercero.  El Código Civil del Distrito Federal, al igual que los de la mayoría de los Estados de la República, así lo establece.  Lo anterior es una protección para quienes tienen ese carácter de codueños o arrendatarios, pero que también debe importar y puede afectar a todos, ya que si usted pretende adquirir una propiedad ya se trate de una casa, departamento, terreno, etc., debe tener mucho cuidado y tomar en cuenta entre otros factores, el relativo al derecho del tanto o en su caso el derecho de preferencia, ya que alguien puede tener más o mejor derecho que usted a comprar.

El derecho del tanto es un beneficio que asiste no solo a los copropietarios de un inmueble, sino también a coherederos o inquilinos de un inmueble. Este derecho cabe aclarar que no aplica para el caso de los condóminos, ya que cada uno es propietario exclusivo de su unidad privativa, aunque en función de su indiviso sea copropietario de una proporción de las áreas comunes.

El derecho del tanto se constituye a favor de el copropietario o coheredero cuando en ocasión de la venta del inmueble del que es codueño o coheredero, se tiene en igualdad de circunstancias con respecto al comprador, el derecho a adquirir antes que un tercero; es decir que si usted pretende comprar por ejemplo un departamento que se encuentra sujeto a régimen de copropiedad, los demás copropietarios tienen derecho a adquirir antes que usted, por lo cual resulta necesario notificarles a todos y cada uno de los copropietarios la posible compraventa que se pretende realizar con un extraño, con el propósito de que si tienen interés en adquirirlo, ejerzan el derecho del tanto y compren el inmueble.

La notificación no puede hacerse de una manera simple, sino que deben reunirse algunos requisitos de formalidad, ya que se debe hacer de forma fehaciente, mediante un Notario Público o Juez, que les avise de la pretensión del vendedor de enajenar el inmueble, y el precio establecido. El copropietario una vez recibida la notificación tendrá derecho a ejercerlo en un término máximo de 8 días. Si alguno de los notificados ejercita su derecho del tanto, cualquier otro posible comprador ajeno a la copropiedad ya no podrá adquirir.

Ahora bien si se omite la notificación o se hace en forma defectuosa, por ejemplo por no haber sido en forma fehaciente, y alguno de los copropietarios se considera afectado en su derecho, podrá demandar la nulidad de la compraventa, con la consiguiente molestia y gasto innecesario para el tercero adquirente, toda vez que habría mucha probabilidad de que la demanda prospere y haya que pelear la devolución del precio pagado.

En el caso de un inmueble donde exista un inquilino en virtud de un contrato de arrendamiento celebrado con quien pretende vender la propiedad, igualmente el arrendatario tiene lo que se llama derecho de preferencia y eso significa que antes que cualquier comprador en igualdad de circunstancias se le preferirá.

Para saber y tener prueba acerca de si el arrendatario ejercitará o no su derecho habrá que notificarle igual que al copropietario a través de notario público o autoridad judicial.  Para que este derecho pueda ser ejercitado por el inquilino o arrendatario deberá estar al corriente en el pago de la renta correspondiente y demostrar que ha realizado mejoras al inmueble y que el arrendamiento tenga más de cinco años.  Cabe aclarar que en muchos contratos de arrendamiento, desde el primer momento en que son firmados, el inquilino renuncia a éste derecho.

Es importante conocer bien de estos aspectos ya que pueden dar beneficios o causar serios problemas a las partes involucradas en una operación de compraventa inmobiliaria, ya sea el actual dueño, el copropietario, o inquilino en su caso, y un tercero comprador de buena fe.

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Hola, yo también tuve una experiencia bastante desagradable en la notaria 127 del DF; ya que supuestamente, me harían el trámite para las escrituras de un crédito que obtuve y retuvieron mi expediente 4 meses y no hicieron absolutamente nada, sólo me evadían y me daban largas con excusas ilógicas, por lo que además de perder tiempo en mi trámite me ocasionaron un serio detrimento económico, dejándome una opinión que deja muy poco que desear sobre los servicios de ese notario.


 Enviado por abi - 27-noviembre-2008 a las 10:04 

 

me preguntas de los nombres de las personas que ayudaron en la notaria a JULIA VILLANUEVA FIGUEROA a declarar por 2a. vez el intestado de mi papa (que ya habia sentencia) , en primera el notario JORGE SANCHEZ PRUNEDA el cual solicito mi expediente p' tirar las escrituras en copropiedad, lo mantuvieron escondido e incluso de las 4 secciones perdieron 2, pero el dice que es inocente, el mismo tiro las escrituras ignorando la sentencia y por la cual el tenia las escrituras para hacerlas pero en copropiedad, por otra parte la sen`ora EDITH REGREGER RAMOS QUE TRABAJA EN RP. Y TAMBIEN COBRA POR TRANZAS, LICENCIADOS SAUL HERNANDEZ Y JORGE MORAN LOPEZ ESTE ULTIMO DICE SER SOBRINO DEL NOTARIO PUBLICO 199 Y EN DONDE TAMBIEN LLEVA ACABO SUS TRANZAS. SI LES SIRVE DE ALGO ME DA GUSTO PORQUE SE SIENTEN INPUNES Y TRANZAN A SU ANTOJO. ESTOY LLEVANDO UNA DENUNCIA EN CONTRA DE QUIEN RESULTE RESPONSABLE DE TODO ESTO SI NECESITAN MAS INFORMACION POR FAVOR ESCRIBANME, MI NOMBRE ES SYLVIA REBECA ESCUDERO Y MI CORREO ES alerbk@aol.com.


 Enviado por sylvia rebeca escudero - 21-junio-2008 a las 13:32 Enviar mail al autor

 

ESCRIBO NUEVAMENTE REFERENTE A LA NOTARIA 127, LOS INVOLUCRADOS SON VARIAS PERSONAS Y TODOS SE HECHAN LA BOLITA, EMPEZANDO POR EL "PRESTIGIADO NOTARIO", SU HERMANA QUE ES LA QUE LLEVA EL RECORD DE LOS PAGOS Y RECIBOS FANTASMAS, SUS RATAS COLABORADORES A LOS CUALES TAMBIEN EN MI CASO INVOLUCRARON AL NOTARIO 199, DESAFORTUNADAMENTE PUSE MI QUEJA, PERO NO ME ESCUCHARON, AHORITA ESTOY LLEVANDO UN PROCESO PENAL Y AHI SI VA CAMINANDO EL CASO, Y CIVILMENTE EL NOTARIO 127, DESPUES DE CONTESTAR LA DEMANDA INSULTANDOME Y PONIENDOME A MI COMO LA RATA, SE SALVO Y LO ABSOLVIERON DE CULPA, PUES EL PASO COMO BLANCA PALOMITA QUE NUNCA SUPO NADA, SIENDO QUE EL FUE EL QUE RECIBIO DE PROPIA MANO LOS CHEQUES, NO SE SI PUEDA YO ESCRIBIR LOS NOMBRES DE LAS PERSONAS INVOLUCRADAS E INCLUSO PUEDO DAR MI NUMERO DE CASO, SINO FUESE ASI ESCRIBANME A MI CORREO ELECTRONICO YO SE QUE EXISTEN MUCHAS PERSONAS QUE HAN PASADO POR LO MISMO Y EN ESA NOTARIA Y LO SE PORQUE EN EL BUNKER HAY VARIAS QUEJAS EN DELITOS FINANCIEROS. MI CORREO ES alerbk@aol.com.


 Enviado por sylvia rebeca escudero - 21-junio-2008 a las 12:53 Enviar mail al autor

 

Hola Sylvia, en tu desastroza experiencia con la notaría 127, recuerdas si Arturo Rodriguez Palomares o Javier Bernardo Rodriguez Valencia (padre e hijo respectivamente) participaron en las tranzas? Tengo a Javier Bernardo trabajando en mi negocio y a una empleada le pidio 10 mil pesos para según él realizarle un tramite de unas escrituras en la "prestigiosa notaría 127". Por cierto si conociste a Javier Bernardo, intento tirarte la onda? Que aquí a todas las clientas les tira la onda intentanto que lo lleven a vivir con ellas, es un vividorazo. Luis Z.


 Enviado por Luis Zárate - 18-junio-2008 a las 13:22 Enviar mail al autor

 

Hola Sylvia, entre las personas que te "atendieron" en la Notaría 127 recuerdas si alguna de ellas fue Javier Bernardo Rodriguez Valencia o Arturo Rodriguez Palomares (hijo y padre respectivamente). Es que tengo a Javier Bernardo trabajando en mi negocio y por lo actos realizados parece que se le quedaron las mañas de la Notaría 127, espero me puedas ayudar. Atte. Luis


 Enviado por Luis Zárate - 18-junio-2008 a las 13:11 Enviar mail al autor

 

Por supuesto que existen leyes para castigar a este tipo de notarias, pueden desde supenderle temporal o hasta definitivamente la notaria, y los delitos aplicables que apliquen, de entrada te recomiendo que le heches una leida a la ley del notario del DF o del estado donde te encuentres, y te daras cuenta de los pasos a seguir para poner una quereya sobre lo que comentas.


 Enviado por Alejandro - 22-mayo-2008 a las 00:10 

 

HOLA LUIS NUEVAMENTE VUELVO A PARTICIPAR EN TU PAGINA, LOS CONSEJOS QUE DAS SON MUY BUENOS, ES VERDAD LA GENTE QUE QUIERA COMPRAR QUE SE ASEGURE POR DIFERENTES MEDIOS QUE LO QUE ESTA COMPRANDO NO TIENE PROBLEMAS LEGALES O ECONOMICOS, O QUE LA PERSONA QUE VENDE TIENE EL DERECHO DE VENDER LEGALMENTE LA PROPIEDAD, Y YO LO VIVI, DESGRACIADAMENTE MAGICAMENTE MI EXPEDIENTE LLEGO A LA NOTARIA 127 PARA TIRAR LAS ESCRITURAS EN COPROPIEDAD, Y EN LUGAR DE TIRAR LAS ESCRITURAS, ESCONDIERON Y DESTRUYERON PARTE DE MI EXPEDIENTE EN LA NOTARIA E HICIERON UN MOVIMIENTO EN EL CUAL YO DESAPARECI DE LA COPROPIEDAD (SILVIA REBECA ESCUDERO) Y SOLO APARECIO LA OTRA PARTE (JULIA VILLANUEVA FIGUEROA) COMO UNICA PROPIETARIA Y AHORITA ESTOY EN JUICIO CIVIL TRATANDO DE ANULAR O MAS BIEN CANCELAR TODO ESTE FRAUDE, OJALA HUBIERA UNA LEY PARA CASTIGAR A LOS NOTARIOS QUE HACEN ESTE TIPO DE TRANZAS....


 Enviado por SILVIA REBECA ESCUDERO - 02-mayo-2008 a las 22:23 

 

hola! para mi es bueno contar con informacion en esta caso inmobiliaria ya que me identifico con esta tema gracias !


 Enviado por Octavio Ap. - 26-abril-2008 a las 22:53 Enviar mail al autor

 
 
Acerca del autor
 
Luis Robina Ibarra

Es socio director de Quality Inmobiliaria Robina desde 1996.

Miembro de la Asociación Mexicana de Profesionales Inmobiliarios, fue director del nuevo Sistema de Bolsa Inmobiliaria en Internet (1996 -1997), Consejero y Vicepresidente Internacional (1993 – 1994), Secretario Nacional (1990), Director de la Bolsa Inmobiliaira (1996).

Recibió la medalla Luis Barrios a la Excelencia Inmobiliaria (AMPI Ciudad de México) en 1999 y en el año 2001 la medalla AMPI Nacional. Ocupó la Vicepresidencia de AMPI Ciudad de México durante 2003. Actualmente es Coordinador del Programa de Certificación y presidente de la Comisión Certificadora del Profesional Inmobiliario.

Miembro desde 1990 de National Association of Realtors (EEUU), representante por México en la primera Comisión por el Tratado de Libre Comercio. Asociado desde 1992 a la FIABCI (Federación Internacional de las Profesiones Inmobiliarias) con sede en París, Francia.

Participó en el Instituto de Investigaciones Inmobiliarias de la Ciudad de México como miembro del Cuerpo Titular de Expositores a nivel nacional, en Valuación Comercial, Aspectos Fiscales, Administración de Condominios e Inmuebles de Productos, Venta Unitaria y Múltiple, y diversos cursos especiales (1980-1989).

Licenciado en Administración de Empresas, con estudios sobre arquitectura y urbanismo en la Universidad Iberoamericana. Diplomados sobre temas inmobiliarios. Coautor de Obras y Estudios en materia Inmobiliaria. Diversos cursos sobre valuación, comercialización, administración y aspectos fiscales en materia inmobiliaria, en instituciones nacionales y extranjeras.

 
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