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POR: Martín Arellano Torres, estudiante de la Facultad de Derecho de la UNAM.
La impartición de justicia juega un papel muy importante para el país y es por eso que debe estar alejada de cualquier tipo de politización y, de esa forma, asegurar uno de los valores que defiende: la imparcialidad.
Desgraciadamente, en nuestra Constitución la impartición de justicia en el máximo tribunal nació con un defecto de fábrica… la politización implícita al momento de la elección de ministros. El artículo 96 constitucional señala que para ocupar el máximo cargo al que puede aspirar un abogado (ministro), el presidente de la República someterá una terna al Senado, el cual, previa comparecencia de los candidatos, designará al nuevo ministro. Si el Senado no resolviere en los siguientes 30 días, ocupará el cargo la persona que designe el presidente. Si el Senado rechaza la terna en su totalidad, el presidente someterá una nueva, y si la segunda fuera rechazada, el presidente designará para ocupar el cargo a una persona que figure en la terna.
Está claro que el presidente de la República para escoger la terna pensará en sus conocidos e incondicionales, dejando atrás a personas que se han mantenido alejadas de la política por hacer una brillante carrera judicial o gente prestigiada en el medio jurídico, de la cual el presidente puede no saber siquiera de su existencia y, por otro lado, el Senado escogerá entre la terna al más conveniente desde una perspectiva meramente política, dejando atrás la posibilidad de que sea meritorio el nombramiento de ministros, a pesar de que la duración de dicho cargo sea de 15 años con jugosas prestaciones y privilegios, pero también con muchas responsabilidades y obligaciones para con el país.
Desafortunadamente, este sistema ha traído como consecuencia que a personas que tienen la calidad moral, profesional, académica y los méritos en demasía para ocupar el cargo les sea prácticamente imposible aspirar a ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, y desde otra perspectiva, que personas que a lo largo de su trayectoria nunca han litigado o hecho carrera judicial, pero, eso sí, deben “el favor”, sean las que toman las decisiones más importantes en cuanto a impartición de justicia en el país.
Es por eso que el artículo 96 debe ser reformado para asegurar la imparcialidad y los futuros ministros, que no deban “el favor” a nadie y sean las personas mejor preparadas para ocupar el cargo. Pero ¿qué se propone para una la elección objetiva de ministros?
El Consejo de la Judicatura debe ser el encargado de la selección de los ministros siguiendo estos tres linimientos que proponemos:
1. Hacer una convocatoria pública en la que se hable de la preferencia por jueces de distrito, magistrados de circuito, presidentes de tribunales superiores de Justicia, catedráticos, investigadores y abogados postulantes cuya trayectoria y prestigio académico, moral, personal y profesional sea sobresaliente a consideración de los consejeros de la Judicatura, quienes seleccionarán a los “x” mejores aspirantes y darán cuenta del porqué de la elección de éstos.
2. El siguiente filtro podría ser la elaboración de exámenes hechos por ministros en retiro, juristas extranjeros y especialistas tanto en materias jurídicas como en materias necesarias para desempeñar la tarea de ministro, tales como historia, filosofía, economía y, por supuesto, exámenes sicométricos.
3. Por último, con base en los resultados de los exámenes, los “x” mejores aspirantes harían una simulación de un caso formulado por los ministros en una sesión pública en el Pleno de la SCJN, en la que los otros 11 ministros darían cuenta a los consejeros de la Judicatura de quién sería el mejor para ocupar la vacante y por qué, y de esa forma escoger al nuevo ministro.
Mientras esperamos a que el artículo 96 de nuestra Carta Magna sea reformado, a finales de este año conoceremos a los dos nuevos ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación que ocuparán el cargo 15 largos años. Ojalá el Presidente y el Senado tomen una decisión conveniente y objetiva… por el bien del país.
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